"La reducción de la edad de la imputabilidad de las personas menores de edad contradice el principio de no regresividad, que impide al Estado restringir los progresos alcanzados en la protección de los derechos humanos de la niñez". http://sdr.liccom.edu.uy/wp-content/uploads/2011/04/imputabilidad-de-menores-300x193.jpg Comunicado BUENOS AIRES 09 / 9 / 2013 BAJA DE EDAD DE IMPUTABILIDAD LA DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN EXPRESA SU PREOCUPACIÓN La Defensoría General de la Nación expresa su profunda preocupación ante la difusión en los medios de comunicación de diversas iniciativas tendientes a disminuir a 14 años la edad mínima de imputabilidad penal de niños, niñas y adolescentes. Dichas iniciativas contradicen abiertamente las directivas recientemente sentadas en el fallo “Mendoza y otros Vs. Argentina”, dictado el 14 de mayo de 2013 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el cual se condenó al Estado de Argentina por la vulneración de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, en virtud de la imposición de sanciones penales desproporcionadas a niños, niñas y adolescentes. En dicha sentencia, la Corte Interamericana dispuso que la Argentina deberá ajustar su marco legal a los estándares internacionales de derechos humanos en materia de justicia penal juvenil y diseñar e implementar políticas públicas con metas claras y con adecuada asignación de recursos presupuestarios, para la prevención de la delincuencia juvenil a través de programas y servicios eficaces que favorezcan el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes. La reducción de la edad de la imputabilidad de las personas menores de edad contradice el principio de no regresividad, que impide al Estado restringir los progresos alcanzados en la protección de los derechos humanos de la niñez. En este sentido, debe recordarse que en su informe Justicia Juvenil y Derechos Humanos en las Américas, del año 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresó su preocupación por la existencia de iniciativas legislativas que tienen por objeto la disminución de la edad mínima para que los niñas, niñas y adolescentes sean sujetos de sanciones penales ordinarias, por considerar que ello implica una regresión respecto de los estándares alcanzados en el marco de los procesos de adecuación de la legislación interna a los postulados de la Convención sobre los Derechos del Niño. La Defensoría General de la Nación entiende que un modelo de responsabilidad penal juvenil acorde a los estándares internacionales de derechos humanos, sólo podrá ser alcanzado en el marco de un trabajo conjunto de legisladores, magistrados, autoridades y académicos especializados.
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